jueves, 25 de marzo de 2021

VIOLENCIA CONTRA LA MUJER 3

 La Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer define violencia contra la mujer como “todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga o pueda tener como resultado un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para la mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, tanto si se producen en la vida pública como en la vida privada” 1 . En 1999, la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) declaró el 25 de noviembre Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer como un llamado a gobiernos, organismos, órganos, fondos y programas del Sistema de las Naciones Unidas, y a otras organizaciones internacionales y no gubernamentales, para llevar a cabo actividades dirigidas a sensibilizar a la opinión pública respecto del problema de la violencia contra la mujer2 . En este contexto, el Estado mexicano ha sumado esfuerzos para responder a compromisos adquiridos para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, ya sea con innovaciones legislativas, institucionales o bien, con el diseño de mecanismos de coordinación inter e intra-institucional para la atención del problema. Entre las innovaciones legislativas destacan la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres (2006), y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV), 2007. 3 Entre los mecanismos de coordinación -dada nuestra lógica federal- sobresale el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (2007), que se sustenta en la LGAMVLV, así como la creación de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (CONAVIM

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